EL ROL DEL DIPLOMADO EN TRABAJO SOCIAL (DTS) EN EL RECONOCIMIENTO DE LA SITUACION DE DEPENDENCIA Y EL ACCESO A LES PRESTACIONES DESTINADAS A SU ATENCION Y A LA PROMOCION DE LA AUTONOMIA PERSONAL

11.04.2013 12:11

 

La promulgación de la Ley 39/2006 (LAPAD), mediante la cual se promociona la autonomía personal y la atención a las personas dependientes, supuso un paso adelante en el Estado del Bienestar.

El reconocimiento y valoración de la dependencia desarrollado en la LAPAD es un procedimiento diseñado para poder atender las necesidades de aquellas personas que precisan de soporte para realizar las actividades básicas de la vida diaria con el objetivo de que puedan alcanzar una mayor autonomía y ejercer plenamente sus derechos.

Independientemente del hecho de que cada Comunidad Autónoma ha interpretado la ley dando una mayor o menor importancia al papel que desempeñamos los Diplomados en Trabajo Social (DTS) en este proceso, nuestro rol es fundamental por ser el profesional, de todos los que participan, que efectúa una intervención más integradora al tener en cuenta los aspectos sociales y personales del individuo desde la tramitación de la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia hasta el diseño del Programa Individual de Atención (PIA).

Las funciones del DTS en el marco de la LAPAD son las siguientes:

·         DTS de servicios sociales básicos y especializados (en caso de dependientes ingresados en centros). Información sobre el proceso, canalización y tramitación de la solicitud de dependencia.

·         DTS del Servicio de Valoración de la Dependencia (SEVAD). Integrado en el equipo consultor del SEVAD, participa en las reuniones periódicas celebradas con los representantes de los “Serveis Territorials del Departament de Benestar Social y Família” para revisar las valoraciones y emitir un informe con la propuesta del grado de dependencia, que servirá de base para que los “Serveis d’Atenció a les Persones” de los “Serveis Territorials del Departament de Benestar Social” (en Barcelona, el “Consorci de Serveis Socials”, por delegación de la “cap d’Atenció a les Persones del Barcelonès”) dicten una resolución que reconoce el grado de dependencia y las prestaciones de servicios y económicas que corresponden a la persona solicitante.

·         DTS de servicios sociales básicos y especializados (en caso de dependientes ingresados en centros). El DTS de referencia asignado a la persona dependiente mantiene una entrevista en  el domicilio o centro residencial con el interesado, familia o tutores legales, si los hubiera, durante la cual analiza:

 

1.     Situación socio-familiar

2.     Redes de apoyo

3.     Situaciones de aislamiento social

4.     Condiciones de habitabilidad de la vivienda

5.     Relaciones conflictivas

con el fin de elaborar la síntesis del informe social y el acuerdo del PIA. Éste incluye la información básica de la persona dependiente y las modalidades de intervención más adecuadas a sus necesidades de entre las prestaciones de servicios y económicas previstas en la resolución para su grado, que se determinan con la participación de la persona dependiente, familia o tutores legales, si los hubiera, que la representen.

El PIA será objeto de seguimiento y revisión por parte del DTS de referencia teniendo en cuenta las variaciones de la situación que provocó la intervención, los cambios en la situación familiar y las revisiones del grado de dependencia.